¿Qué son las sociedades anónimas deportivas en Argentina?

SADs en el Fútbol Argentino: Claves del Debate

01/05/2020

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El debate sobre las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) ha irrumpido con fuerza en el fútbol argentino, un deporte históricamente arraigado en la estructura de las asociaciones civiles sin fines de lucro. La reciente modificación legal introducida por el DNU 70/2023 ha abierto la puerta a una transformación potencial, generando un intenso cruce de posturas entre dirigentes, hinchas y el propio sistema institucional del deporte.

Hasta la fecha, el modelo predominante en Argentina ha sido el de clubes constituidos como asociaciones civiles sin fines de lucro. Estas entidades, consideradas de bien común, han desempeñado un rol fundamental no solo en el ámbito deportivo, sino también en la vida social, cultural y educativa de sus comunidades. Este modelo fue consolidado por leyes deportivas previas que no contemplaban la participación de sociedades comerciales en el deporte profesional.

¿Qué club de Argentina es una sociedad anónima?
El Centro de Fomento José Hernández, institución oriunda de La Plata, se convirtió en la primera entidad del país en aprobar capitales privados en el fútbol argentino, también conocido como Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).

A lo largo de la historia argentina, hubo varios intentos por introducir figuras similares a las SADs, emulando modelos de otros países. Proyectos presentados en 1998, 1999, 2000 e incluso durante gestiones presidenciales más recientes no lograron avanzar en el Congreso. La única legislación relevante que abordó las crisis económicas de los clubes fue la Ley 25.284, conocida como la 'Ley Racing', sancionada en el año 2000. Esta ley estableció un régimen especial de administración para entidades deportivas con dificultades financieras, creando fideicomisos para gestionar el negocio del fútbol separadamente y buscar el saneamiento, pero sin alterar la naturaleza de asociación civil.

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El DNU 70/2023: ¿Qué Cambió Realmente?

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei, introdujo un cambio significativo al derogar el artículo de la Ley del Deporte que impedía a las organizaciones deportivas adoptar estructuras jurídicas distintas a las de asociación civil. En la práctica, esto significa que se eliminó la prohibición legal que existía para que los clubes de fútbol (y otras entidades deportivas) puedan constituirse como sociedades anónimas o permitir la inversión de capitales privados bajo esta forma.

Es fundamental comprender que el DNU no obliga a ningún club a transformarse en una SAD. La adopción de esta u otra estructura comercial es completamente optativa para cada institución. La decisión final recae en los propios clubes, específicamente en sus asociados, y debe ser tomada respetando los procedimientos y mayorías establecidas en sus estatutos internos. Esto implica que, para que un club tradicional se convierta en SAD o permita la inversión privada de esta forma, sus socios deberán aprobarlo en una asamblea, lo cual puede requerir mayorías calificadas y enfrentar resistencias internas.

El DNU abre un abanico de posibilidades para los clubes que decidan explorar vías comerciales:

  • Pueden transformar su estructura jurídica actual de asociación civil a una sociedad anónima, ofreciendo a los socios la opción de convertirse en accionistas.
  • Pueden mantener su estructura de asociación civil para las actividades sociales y otras disciplinas, pero crear una sociedad anónima separada específicamente para gestionar el fútbol profesional, a la cual la asociación civil podría aportar sus activos relacionados con este deporte.
  • Pueden asociarse con inversores externos, incorporándose como accionistas a una sociedad ya existente o creando una nueva sociedad conjunta para explotar el negocio del fútbol.
  • Pueden simplemente optar por no hacer ningún cambio y continuar operando como una asociación civil sin fines de lucro.

La única obligación que impone el DNU, de manera indirecta, es para las ligas y federaciones que agrupan a los clubes, como la AFA. Una vez que el DNU entre en plena vigencia y si un club decide adoptar una estructura de SAD o similar, las entidades rectoras deberán adaptar sus propios estatutos para poder afiliar a estas nuevas formas de organización, garantizando su participación en las competiciones.

La Fuerte Oposición del Fútbol Argentino

A pesar de que la normativa se presenta como una opción voluntaria, la posibilidad de las SADs ha generado un rechazo generalizado y enérgico en el ámbito del fútbol argentino. Los principales clubes del país, incluidos los considerados 'grandes' como Boca Juniors y River Plate, manifestaron públicamente su oposición antes incluso de la publicación del DNU, una postura que ratificaron posteriormente.

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA), presidida por Claudio 'Chiqui' Tapia, también ha expresado su firme postura en contra de la implementación de las SADs en el fútbol argentino. Esta posición fue confirmada durante una Asamblea Ordinaria de dirigentes de la AFA realizada en Ezeiza, donde se consensuó defender el modelo actual de asociación civil.

¿Qué clubes son SAD en Argentina?
A menos de 24 horas para que comience a regir el DNU que habilitó a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol argentino, el Chelsea ya tiene en la mira a seis clubes para comprarlos. Cuatro de esas entidades con Estudiantes de La Plata, Newell's, Banfield y Lanús.

La resistencia a las SADs se basa en varios argumentos. Por un lado, se defiende el modelo histórico y social de los clubes, que trasciende lo meramente deportivo y abarca una función social y comunitaria. Existe el temor de que la entrada de capitales privados, con un objetivo de lucro, pueda desvirtuar este rol, priorizando la rentabilidad sobre el fomento de otras disciplinas, actividades culturales o el acceso de los socios.

Otro punto importante es la cuestión estatutaria. Muchos clubes, especialmente los más grandes y con una larga tradición de socios, tienen en sus estatutos cláusulas que prohíben expresamente su transformación en sociedades anónimas. Para modificar esto, se necesitarían procesos internos complejos y el acuerdo de una gran cantidad de socios, lo cual parece difícil de lograr dado el amplio rechazo.

Finalmente, una visión crítica desde algunos sectores sugiere que la oposición también puede estar motivada por la defensa del *statu quo* dirigencial. Argumentan que el modelo de asociación civil, con su manejo de recursos y estructuras de poder, es controlado por las cúpulas directivas, y que la entrada de inversores privados podría implicar una pérdida de ese control y esas 'prebendas'.

Intereses de Inversores y el Primer Caso Concreto

En paralelo al debate y la oposición, han surgido noticias sobre el interés de inversores extranjeros en el fútbol argentino, motorizados por la nueva posibilidad abierta por el DNU. El grupo BlueCo, un holding liderado por el estadounidense Todd Boehly, conocido por ser propietario del club inglés Chelsea, ha sido uno de los nombres que sonaron con fuerza.

Según reportes, BlueCo tendría en la mira a varios clubes argentinos para invertir o adquirir participaciones. Se mencionaron específicamente a Estudiantes de La Plata, Newell's Old Boys, Banfield y Lanús. Las especulaciones llegaron incluso a incluir a dos de los clubes más populares y grandes del país: Boca Juniors y Racing Club.

Sin embargo, es relevante señalar que las mismas fuentes que reportaron este interés aclararon que no ha habido conversaciones directas entre BlueCo y estos clubes. Esto se debería, en parte, a que el grupo inversor es consciente de la fuerte reacción pública negativa en Argentina contra las SADs y respeta la cultura de los clubes manejados por sus socios. Además, los impedimentos estatutarios existentes en clubes como Boca representan una barrera significativa para una posible adquisición o transformación.

¿Qué son las sociedades anónimas deportivas en Argentina?
son sociedades anónimas deportivas profesionales aquellas que tienen por objeto exclusivo organizar, producir, comercializar y participar en actividades deportivas de carácter profesional y en otras relacionadas o derivadas de estas…' -lo cual incluye al fútbol profesional-.Jul 31, 2024

Mientras la mayoría de los clubes mantienen su postura de resistencia, una institución de menor envergadura, el Centro de Fomento José Hernández de La Plata, se convirtió en el primer caso concreto en acogerse a la nueva normativa. En una asamblea de socios, el club aprobó la posibilidad de incorporar capitales privados en su sección de fútbol. La decisión, respaldada por una amplia mayoría (42 votos positivos, 0 negativos y 2 abstenciones), busca aprovechar el DNU 70/2023 para obtener seguridad jurídica y recibir inversiones que impulsen el crecimiento de su equipo de fútbol mayor.

El objetivo de José Hernández es utilizar esta inyección de capital para competir en categorías superiores, aspirando a ascender desde la Liga Costera Río de la Plata hacia el Regional Federal Amateur, el Federal A y, en el futuro, el Nacional B. Este caso particular demuestra que, aunque la resistencia es fuerte en la elite, la nueva normativa sí abre una puerta que algunas instituciones están dispuestas a explorar para potenciar su desarrollo deportivo.

La Realidad Global: SADs en el Mundo

El modelo de asociación civil sin fines de lucro, tan arraigado en Argentina, no es la norma en la mayoría de los países con ligas de fútbol profesional desarrolladas. A nivel mundial, las estructuras legales de los clubes son mucho más diversas y, en muchos casos, incluyen o predominan las sociedades anónimas deportivas o formas comerciales similares.

Países con potencias futbolísticas como Alemania, Brasil, Francia, España, Inglaterra, Italia y Portugal, así como otros con ligas importantes como Estados Unidos (donde predomina un modelo de franquicias), Perú, Chile, Colombia y Uruguay, entre otros, cuentan con legislación específica sobre las SADs o permiten que los clubes operen bajo estructuras comerciales. En algunos casos, como en Inglaterra o España, muchos de los clubes más importantes son propiedad de inversores individuales, grupos corporativos o fondos de inversión.

La existencia de SADs en tantos países refleja el carácter global del fútbol como una industria masiva que mueve cientos de miles de millones de euros al año. Esta industria involucra no solo los pases y salarios de jugadores, sino también derechos de televisión, marketing, patrocinios, venta de entradas, merchandising, turismo deportivo y el creciente negocio de las apuestas. La escala económica del fútbol profesional a nivel mundial a menudo impulsa la necesidad de estructuras que faciliten la inversión de capital a gran escala.

La diversidad de modelos en el mundo demuestra que no hay una única 'receta' para el éxito deportivo o financiero. Sin embargo, la posibilidad de atraer inversión privada a través de estructuras comerciales es una herramienta común utilizada en otras ligas para mejorar la infraestructura, reducir el endeudamiento y aumentar la competitividad, aspectos que en el modelo tradicional de asociación civil a veces resultan difíciles de abordar.

¿Qué países tienen SAD en el fútbol?
Muchos países han legislado de un modo específico y de diversa manera las sociedades anónimas deportivas (SAD), como es el caso de Alemania, Brasil, Francia, España, Inglaterra, Italia, Portugal, Estados Unidos, Perú, Chile, Colombia y Uruguay, entre otros.

Preguntas Frecuentes Sobre las SADs en Argentina

¿Qué son exactamente las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD)?

Las Sociedades Anónimas Deportivas son un tipo de estructura legal, similar a una empresa tradicional, pero específicamente diseñada o adaptada para gestionar entidades deportivas, como clubes de fútbol. A diferencia de las asociaciones civiles sin fines de lucro, las SAD tienen fines de lucro y su propiedad se divide en acciones que pueden ser poseídas por individuos, corporaciones o incluso cotizar en bolsa.

¿Es obligatorio para los clubes argentinos convertirse en SADs con el DNU 70/2023?

No, enfáticamente no es obligatorio. El DNU 70/2023 no impone la transformación. Lo que hace es eliminar la prohibición legal que existía para que las organizaciones deportivas adoptaran estructuras comerciales. La decisión de convertirse en SAD, crear una SAD para el fútbol o cualquier otra estructura comercial es completamente voluntaria y depende de la decisión interna de cada club, aprobada por sus socios y respetando sus estatutos.

¿Qué clubes argentinos son actualmente SADs o han aprobado este modelo?

Hasta la información proporcionada, la mayoría de los grandes clubes argentinos mantienen su estructura de asociación civil y han manifestado su rechazo a convertirse en SADs. El Centro de Fomento José Hernández de La Plata es el primer club que, bajo el amparo del DNU 70/2023, ha aprobado en asamblea la posibilidad de incorporar capitales privados en su sección de fútbol, acogiendo la nueva normativa para recibir inversiones.

¿Es cierto que el Chelsea está interesado en comprar clubes en Argentina?

Sí, según reportes citados en la información, el grupo BlueCo, propietario del Chelsea, ha mostrado interés en invertir en clubes argentinos. Se mencionaron clubes como Estudiantes (LP), Newell's, Banfield, Lanús, e incluso Boca y Racing. Sin embargo, las mismas fuentes aclaran que aún no hubo conversaciones directas, en parte por respeto a la cultura de los clubes y la oposición existente, y también porque los estatutos de muchos clubes, como Boca, actualmente prohíben estas transformaciones.

¿En qué otros países existen las SADs en el fútbol?

Las SADs o estructuras similares son muy comunes a nivel mundial. Países con ligas de fútbol destacadas como Alemania, Brasil, Francia, España, Inglaterra, Italia, Portugal, Estados Unidos, Perú, Chile, Colombia y Uruguay, entre otros, cuentan con legislación específica que permite o regula este tipo de organización para sus clubes de fútbol profesional.

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